"La Junta Central Electoral y los padrones de los partidos"
Por: TEÓFILO "QUICO" TABAR / Como organismo regulador, la Junta
Central Electoral tiene la responsabilidad y el deber de establecer con
claridad cuáles son las personas que forman parte de los padrones de los
partidos, puesto que pueden tener listados que ni ellos mismos, a pesar de los
adelantos de la informática, tengan conciencia de cuántas personas figuran en
más de una organización política al mismo tiempo.
Para nadie
es un secreto las divisiones o desprendimientos que se han producido en los
partidos para posteriormente propiciar otras organizaciones; los constantes
trasiegos de personas que pasan de uno a otro influenciados por el
clientelismo, posibilidades de empleos o facilidades; por los esfuerzos de
dirigentes y comités de base o como se llamen para inscribir nuevos miembros;
por disgustos u otras razones, pero sin renunciar a sus organizaciones
anteriores, sin determinar si pertenecen a otras, y sin notificarlo a la Junta
Central Electoral.
Igual ocurre
con las agrupaciones o partidos en busca de reconocimiento, a quienes se les
exige una cantidad de firmas, ya que muchas de las personas que les ofrecen su
respaldo por amistad o porque creen en la diversidad, probablemente pertenecen
a otros partidos. Lo hacen sin tener conciencia de que nadie debe figurar en
más de un movimiento o partido, porque no se ha creado conciencia sobre esa
materia ni se ha reglamentado de forma clara.
Ni siquiera
los nuevos miembros que dice la dirección del PRD que se están inscribiendo en
su nuevo padrón podrían tener esa calidad, si antes la Junta Central Electoral
no se percata de que no forman parte de otros partidos.
Resulta
inconcebible que los partidos, sobre todo los mayoritarios, que reciben sumas
millonarias, no tengan la obligación para reportar mensual o trimestralmente
los cambios realizados en sus padrones por renuncias, sanciones o nuevas
inscripciones; y peor aún, que el organismo regulador no se lo exija.
A la Junta
Central Electoral le sería muy fácil detectar la duplicidad de membresía
mediante un simple cruce de informaciones, y una vez realizado, declarar nulos
como miembros de cualquier partido a todos los que aparezcan en más de un
padrón. O sea, que para que un partido pueda admitir o considerar a alguien
como miembro de dicha organización, con capacidad para ejercer sus derechos y
cumplir sus deberes, no puede aparecer en otra organización, o tendría que, a
partir de esa decisión, presentar la renuncia escrita de cualquier otra
agrupación.
Mientras no
se regularice esa situación, para lo que no se requiere una ley, los partidos
estarán expuestos a situaciones confusas e irregulares en desmedro del sistema
democrático. Por lo tanto, la Junta Central Electoral tiene la gran oportunidad
de reglamentar y segregar de los padrones a todas las personas con doble
filiación, y hacerlo ya. No importa si alguna organización protesta, en virtud
de que la mayoría de sus miembros pudieran forman parte de otros, porque los
ciudadanos sensatos y conscientes lo aplaudirán.
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