Preocupaciones y Preguntas que NO Encuentran Respuestas en VIII Congreso PLD
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Augusto Gómez Rivas
Santo Domingo Este, Provincia Santo
Domingo, RD:- En el
artículo 17 de los Estatutos actuales del PLD actuales no está establecida ni
conferida la convocatoria de plebiscitos al Comité Central, por tanto, la
consulta en ningún momento debió utilizarse para prorrogar el mandato de las
autoridades nacionales y locales del partido.
El Congreso,
es «el más alto organismo de dirección del Partido »expresa el artículo 10 de
los Estatutos.
Según el
literal G del artículo 5 de los Estatutos, «los mandatos otorgados a
organismos, órganos y dirigentes podrán ser revocados cuando violen los
principios, los métodos de trabajo y las disposiciones del Partido».
La
prorrogación en el mandato del actual Comité Central, viola el literal E del
mismo artículo que dice: «las directivas de los organismos son elegidas a
partir de una evaluación objetiva de la calidad política de sus miembros.
El Partido,
sus organismos y sus órganos, operan sobre la base de garantizar la dirección
continuada y la renovación periódica de sus integrantes.
Nos
preguntamos: ¿Se han evaluado cada uno de los integrantes del Comité
Central?
¿Cuándo
finiquita el período de las presentes autoridades del PLD? ¿Es el 26 de junio
de 2016 o el 26 -1- 2019? ¿Existe período de gracias en el PLD?
¿Existen las
garantías de organizar un nuevo congreso en medio del proceso electoral de 2016
o un año preelectoral de 2019?
¿Son válidos
los resultados de la consulta de 2011 con inclinación expresa y pública de la
misma comisión a favor de una de las dos propuestas?
¿Acaso no
hubo retroactividad con la anulación de la disposición de un congreso para que
los miembros del Comité Político no ocupen puestos públicos? (Plebiscito de
2004)
Me preocupa
el recorte del calendario del VIII Congreso.
No me deja
dormir el acortamiento de 91 días del Congreso porque conllevará al
atropellamiento de los debidos procesos.
Me preocupa
el anunció de un cronograma que en medio del desarrollo del mismo se cambia sin
ni siquiera darle una explicación a la militancia morada.
Me preocupa
que la comisión organizadora y el CP del PLD anuncien una campaña
para elegir una parte del Comité Central en tiempos navideños, limitando esto
la participación en igualdad de condiciones a los aspirantes a dicho organismo.
Un congreso
partidario tiene contenido y procesos, estos últimos son de la competencia de
la Comisión Organizadora, pero en ningún modo, esta debe deliberar sobre el
contenido, es decir, qué se podría debatir o no en el máximo organismo de
dirección del Partido.
El Congreso
como autoridad máxima debe ser respetado. El Congreso son todas y todos
los peledeístas.
La Comisión
Organizadora no debe arrogarse el derecho de órgano deliberante con prácticas
de manipulación desconocedora del estado democrático de derecho, excluyendo
propuestas aprobadas por plenos municipales, de circunscripciones y
seccionales.
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